Ingresó al Senado la ley que ordena el sistema de riesgos del trabajo

El Poder Ejecutivo envió al Senado de la Nación el proyecto de reforma a la Ley de Riesgos del Trabajo. La iniciativa apunta a ordenar el sistema, crear mayor previsibilidad, brindar seguridad y propiciar un escenario favorable a la generación de empleo digno. Tiene por finalidad, además, ponerle límite a la creciente litigiosidad que pone en riesgo el futuro del sistema.

La iniciativa propone establecer la intervención de las Comisiones Médicas (CCMM), como instancia administrativa de carácter obligatorio y previa al inicio de cualquier acción judicial, al tiempo que invita a las provincias a delegar en la Nación la sustanciación y resolución de los procesos administrativos propios de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales (CMJ), encargadas de determinar grados de incapacidad, prestaciones e indemnizaciones por accidentes o enfermedades vinculadas al trabajo.

El proyecto ha sido explicitado por el Superintendente de Riesgos del  Trabajo, Gustavo Morón, quien mantuvo encuentros en los últimos meses con representantes y actores del sistema.  En esta línea, la semana pasada Morón se reunió con el Presidente Provisional del Senado, Federico Pinedo y el Presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó.

“La experiencia recogida ha puesto en evidencia las fortalezas y debilidades del sistema y si bien es preciso conservar sus principales líneas directrices, no es menos cierto que corresponde ahora corregir aquellas cuestiones que han provocado situaciones inequitativas”, sostiene el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Congreso.

El proyecto de ley “Complementario del Régimen sobre Riesgos del Trabajo” dispone en el Título I, la intervención de las CCMM y la creación del Servicio de Homologación en el ámbito de las CMJ.

También se advierte, en forma prioritaria, sobre la necesidad de igualación de los derechos de los ciudadanos para incluir a los empleados públicos provinciales y municipales que hoy no se encuentran plenamente incorporados a las coberturas del sistema, con los perjuicios que de ello se deriva.

Para lograr ese cometido en el Titulo II se dispone la creación del Autoseguro Público Provincial, de modo de facilitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  una alternativa eficaz a los institutos de protección de los riesgos del trabajo que hoy ofrece el sistema de la Ley N° 24.557 y sus modificaciones.

En tanto, que en el Título III de la iniciativa, se incorpora al régimen legal vigente diversas disposiciones de reordenamiento normativo del sistema y que hacen a la mejora de las prestaciones para los trabajadores.

Finalmente, se establece que la SRT deberá remitir al Comité Consultivo Permanente un proyecto de Ley de Protección y Prevención Laboral, destinado a garantizar que  las condiciones del medio ambiente de trabajo resulten acordes con las mejores prácticas y la normativa internacional

 

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SEPTIEMBRE 2016- Entra en vigencia el nuevo programa de la SRT para empleadores con siniestralidad elevada

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo emitió la Resolución N° 363/16 que pone en funcionamiento el nuevo programa de prevención enfocado a empleadores con siniestralidad elevada, antes denominados Empresas Testigo y Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad.

El mismo tiene como propósito disminuir los índices de accidentabilidad de los  empleadores, poniendo especial énfasis en la calidad de los planes de reducción de la siniestralidad, en cuanto a su diagnóstico y a sus medidas preventivas.

El programa está integrado por empleadores con un promedio anual de 50 trabajadores que presenten un “Índice Compuesto de Incidencia de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales” superior al definido anualmente por la SRT, el cual podrá oscilar entre el 20% y el 80%, respecto del tamaño del empleador.

Para el cálculo del índice se computan todos los accidentes de trabajo con más de 10 días de baja laboral y todas las enfermedades profesionales registradas,  tanto en el personal propio, como en el personal del o los terceros contratados.

Prevé la elaboración de un “Informe General del Empleador” que contiene la identificación de todos los establecimientos activos del empleador, y de un “Plan de Reducción de la Siniestralidad” (PRS) con las medidas preventivas generales y específicas para mejorar el sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo y corregir las causas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Entre otras obligaciones, la ART deberá realizar un “Plan de Visitas” a su empleador afiliado, que posea como mínimo 8 visitas al establecimiento durante un período bianual, con el objeto de verificar el cumplimiento del PRS.

14-SEPTIEMBRE 16

Fuente: http://www.srt.gob.ar/index.php/2016/09/14/entra-en-vigencia-el-nuevo-programa-de-la-srt-para-empleadores-con-siniestralidad-elevada/